Policial
Por Abelardo Caroca , 9 de mayo de 2025 | 21:33San Fernando: Exdirigentes, culpables en segundo juicio

Tras una absolución inicial en 2024, un nuevo juicio declara culpables a Astorga y Herrera por cohecho en la Corporación Municipal. La lectura del fallo definirá los pasos siguientes.
El pasado 9 de septiembre de 2024, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal absolvió por unanimidad a los dirigentes Juan Astorga Opazo y Rodrigo Herrera Bustamante del delito de cohecho por el que fueron acusados por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado. En su resolución, el tribunal argumentó que no se logró acreditar la recepción de dineros por parte de los acusados para configurar el delito. Este fue el primer juicio del emblemático caso.
Sin embargo, tras una solicitud de nulidad presentada por el Ministerio Público, la Corte de Apelaciones de Rancagua ordenó, el pasado 18 de noviembre, la realización de un nuevo juicio oral contra Juan Enrique Astorga Opazo y Rodrigo Antonio Herrera Bustamante. Acusados por el Ministerio Público como coautores del delito de cohecho, presuntamente cometido en 2019 a través de pagos con fondos de la Corporación Municipal de San Fernando.
Tras la celebración de este nuevo juicio oral, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de San Fernando, integrado por tres nuevos jueces provenientes de Rancagua, dictó veredicto condenatorio unánime contra ambos exdirigentes, considerándolos coautores del delito de cohecho. La lectura de la sentencia se comunicará el próximo 19 de mayo del presente año.
La absolución en el primer juicio sugirió que la conexión entre la entrega de fondos y la intención de influir en un acto no se demostró de manera suficiente en aquel momento. En contraste, la condena en el segundo juicio indica que esta prueba sí logró presentarse y convencer al nuevo tribunal.
No obstante, esta sentencia aún no es firme. La defensa de los condenados tiene la posibilidad de interponer recursos de nulidad ante tribunales superiores, alegando posibles errores de derecho o vicios de procedimiento durante el juicio. La lectura del fallo del 18 de mayo proporcionará los fundamentos detallados que podrían ser objeto de una futura revisión judicial. De esta manera, el caso, tal como al inicio, aún podría tener nuevos capítulos en la instancia judicial.
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